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El Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la LPAG) es calificado, en la actualidad, como una norma común. Esto implica que los procedimientos administrativos especiales, regulados por ley o reglamento, no pueden apartarse de las reglas y principios establecidos en el mismo TUO de la LPAG. Es así que, a partir de la premisa mencionada, el presente artículo tiene por objetivo poner en evidencia que existen disposiciones del régimen del procedimiento administrativo sancionador en la normativa de contrataciones del Estado que contravienen manifiestamente el referido régimen común. |