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Se analizan separadamente las novedades introducidas para el año 2009 por la Ley 4/2008 en los denominados impuestos patrimoniales -Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados-. Las novedades más importantes son: la supresión del gravamen y demás obligaciones del Impuesto sobre el Patrimonio, la inclusión de Canarias entre las Comunidades Autónomas que exigen el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones mediante autoliquidación obligatoria y, sobre todo, la modificación de la modalidad de operaciones societarias, como consecuencia de la trasposicíón de la nueva Directiva 2008/7/CE del Consejo de la U.E., estableciendo la no sujeción de las operaciones de reestructuración y la inclusión de otras modificaciones en el texto refundido del ITP y AJD, que derivan de la iniciativa de las Comunidades Autónomas y que afectan a las concesiones administrativas, a los conocidos como «pases» inmobiliarios, al régimen de las viviendas de protección oficial, a la exención de los fondos de titulización, a la comprobación de valores, a la fecha de los documentos privados y a sus efectos y, por último, al cierre registral y la competencia sancionadora. |