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El objeto de este escrito es presentar a la comunidad académica la conveniencia de hablar de derecho económico, y no de derecho administrativo, cuando nos referimos al régimen jurídico de los actos administrativos del Banco de la República; entendiendo por derecho económico el derecho de la intervención del Estado en la economía, o como el derecho mixto que lo permea, tanto el derecho público como el derecho privado. Este tema tiene un enfoque interdisciplinar que vincula el derecho y la economía. |