Sobre la pretendida especialidad de la Ley N.° 20.027 respecto a la Ley N.° 20.720 sobre insolvencia y reemprendimiento en Chile. Reflexiones acerca de las condiciones que debe cumplir una norma para ser considerada especial
Autor: | Sebastián Campos Micin, Jesús Ezurmendia Álvarez |
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Jazyk: | Spanish; Castilian |
Rok vydání: | 2023 |
Předmět: | |
Zdroj: | Derecho PUCP, Iss 91 (2023) |
Druh dokumentu: | article |
ISSN: | 0251-3420 2305-2546 |
DOI: | 10.18800/derechopucp.202302.010 |
Popis: | El presente artículo examina críticamente la línea jurisprudencial desarrollada en el último tiempo por la Sala Civil de la Corte Suprema chilena en torno a la exclusión del crédito con garantía estatal para el financiamiento de estudios de educación superior del procedimiento concursal de liquidación. Luego de identificar las condiciones de aplicación del criterio de especialidad y los principios que informan a los procedimientos concursales, se explica por qué, contrariamente a lo que sostiene la Sala, los mecanismos contemplados en el título V de la Ley N.° 20.027 no son realmente especiales de cara al procedimiento concursal de liquidación regulado en la Ley N.° 20.720. En general, se sostiene que no toda regulación asociada a hipótesis generales o especiales de insolvencia forma parte del derecho concursal. En la medida que la regulación no se refiera a un procedimiento colectivo, con órganos que tiendan a aumentar la tasa de recuperación de los acreedores y/o salvaguardar el sistema de crédito y el orden público económico, la regulación no forma parte del derecho concursal. En este entendido, se concluye que los mecanismos contemplados por la Ley N.° 20.027 no forman parte del derecho concursal, pues todos ellos no son más que medios de tutela individual, aun cuando estén asociados a una hipótesis de insolvencia. |
Databáze: | Directory of Open Access Journals |
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