El TJUE reafirma que las bebidas vegetales no pueden llamarse «leche» en base a las normas de protección del mercado lácteo, pero ¿qué hay del interés del consumidor?

Autor: Nuria Rey
Jazyk: Catalan; Valencian<br />English<br />Spanish; Castilian<br />Italian<br />Portuguese
Rok vydání: 2017
Předmět:
Zdroj: Revista de Bioética y Derecho, Vol 0, Iss 41, Pp 197-208 (2017)
Druh dokumentu: article
ISSN: 2545-6385
1886-5887
DOI: 10.1344/rbd2017.41.19878
Popis: El pasado 14 de junio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en cuestión prejudicial que la denominación «leche» y otras denominaciones de «productos lácteos» deben reservarse a productos de origen animal. El fallo responde a la cuestión prejudicial planteada por un Tribunal alemán durante el litigio entre VSW, asociación empresarial alemana y TofuTown, productora y distribuidora de alimentos vegetarianos/veganos. El fallo del Tribunal señala que designar un producto puramente vegetal como «leche de…» vulnera el derecho de la Unión por ser contrario a la normativa de protección del sector lácteo. Pero la sentencia no analiza si estas denominaciones ponen en jaque la protección del derecho del consumidor a una información alimentaria clara, objetiva y contrastada científicamente.
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