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El Auto comentado, aborda el problema de la legitimación activa en el proceso de ejecución hipotecaria, cuando el préstamo hipotecario que se ejecuta ha sido previamente objeto de titulización. El Auto parte de la consideración de que mediante la titulización se produce la cesión del crédito, de suerte que titular de los derechos inherentes al mismo y con ello de la relación jurídica u objeto litigioso pasa a ser el fondo de titulización. El fondo titular del préstamo hipotecario, con carácter previo al ejercicio de la acción hipotecaria deberá proceder a inscribir la hipoteca a su favor en el Registro de la Propiedad, máxime cuando tras una serie de las reformas legislativas llevadas a cabo en el año 2015, esta inscripción a favor del fondo es perfectamente posible. |