Régimen de visitas y cuidado común de los hijos, derecho de los niños a la familia y a una protección integral

Autor: Narváez Córdova, Diana Elizabeth
Přispěvatelé: Navas Montero, Sonia Cleopatra, Ávila Linzán, Luis Fernando
Jazyk: Spanish; Castilian
Rok vydání: 2017
Předmět:
Zdroj: Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Universidad Regional Autónoma de los Andes
instacron:UNIANDES
Popis: La presente investigación realiza el análisis de carencia de una política pública relativo a la promoción de las visitas y cuidado de los hijos comunes para evitar que se violen los derechos de los niños a la familia y a la protección especializada, pues debemos considerar que desde el aspecto jurídico el régimen de visitas es un derecho irrenunciable, por el cual se concede al progenitor la posibilidad de permanecer con el hijo con quien vive separado, un tiempo prudencial y facultativo, en un ámbito de privacidad e intimidad a fin de que se mantenga una relación regular y directa, fomentando una comunicación adecuada entre padre e hijo, es decir que el régimen de visitas es un derecho que permite seguir en contacto y comunicación permanente entre los progenitores y los hijos ayudando de ésta forma al desarrollo afectivo, emocional y físico de los menores de edad siendo esta figura jurídica la que permita que se respeten los derechos de los niños, niñas y adolescentes al momento de existir una ruptura familiar. Los niños, niñas y adolescentes son considerados en nuestra legislación ecuatoriana como un grupo vulnerable por ello que sus derechos no solo están tipificados en convenios internacionales sino también en leyes nacionales como el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Los progenitores deben tomar conciencia y no utilizar al menor de edad como un instrumento de guerra toda vez que los hijos necesitan de la presencia de sus dos progenitores para poder desarrollarse de una manera adecuada y en un ambiente sano. Por ello es necesaria la creación de una política pública cuyo fin es que los progenitores puedan conocer de una manera didáctica los derechos de sus hijos. El régimen de visitas forma parte del Derecho de relación, es el derecho que permite el contacto y comunicación permanente entre padres e hijos, permitiendo el desarrollo afectivo, emocional y físico, así como la consolidación de la relación paterno filial. La familia es la organización más importante de las que puede pertenecer el hombre, por lo tanto es el elemento natural y fundamental de la sociedad, en tal virtud el Art. 44 de la Constitución de la República del Ecuador garantiza que el Estado, la sociedad y la familia promoverá de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurará el ejercicio pleno de sus derechos los mismos que prevalecerán sobre los de las demás personas, de ahí la importancia que el Estado ejecute acciones y programas con prioridad absoluta a fin dar protección integral a éste grupo de atención prioritaria, reconociéndolos de tal manera como sujetos de derechos los mismos que deben ser protegidos de forma obligatoria por parte de las Autoridades Administrativas y Judiciales. La presente investigación se la realiza en las Unidades Judiciales de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Puyo, Provincia de Pastaza, lugar en el cual presto mis servicios profesiones, es por ésta razón que día a día he podido evidenciar que existe un gran número de Demandas por Régimen de Visitas, cuyas causas son resueltas por el Juez competente, sin embargo en su gran mayoría no se cumplen ni se respetan por parte de los progenitores del menor/es, provocando de tal manera que se vulnere el interés superior del niño tipificado en el Art. 11 del Código de la Niñez y Adolescencia. La importancia de la presente investigación radica en establecer que en la legislación ecuatoriana el régimen de visitas presenta falencias en virtud de que si bien es cierto abarca indudable campo de las relaciones paterno filiales sin embargo no exigen a los progenitores el cuidado y relación estrecha con sus hijos razón por la cual la insuficiencia normativa que regula el régimen de visitas y cuidado común de los hijos, viola el derecho de los niños a la familia y a la protección especializada, por lo tanto el objetivo en ésta investigación es instituir una Política Pública por parte del Consejo de la Judicatura a través de la creación de medios preventivos tendientes a evitar a que se vulnere el principio del interés superior del niño, buscando mecanismos adecuados mediante los cuales se protejan los derechos establecidos en el Código de la Niñez y la Adolescencia y en nuestra Carta Magna.
Databáze: OpenAIRE