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Artículo de reflexión La seguridad social colombiana establece que por regla general para cotizar a pensión se debe cotizar también a salud, Al respecto, en la doctrina se ha manifestado que: “En nuestro medio, los primeros intentos de Seguridad Social se caracterizan por referirse a casos concretos y solo atendía a necesidades relacionadas con las pensiones de jubilación o de invalidez. Así encontramos desde mediados del siglo XIX, instituciones y normas destinadas a proteger a las familias de los militares fallecidos en combate. Múltiples normas legales han ido transformando esas instituciones que hoy se conocen”. (Plazas, 1998, p. 50). En vigencia de la Constitución Política de 1991, se establecieron importantes cambios en el ordenamiento jurídico, como el Estado Social de Derecho que lo define el tratadista; “que constituye una directriz básica para la interpretación de la Constitución, que en ningún caso puede el juez pasar por alto y cuyo propio carácter doctrinal dota de una elasticidad profunda a la Constitución (Rubio. 1997. p 54) y el de la Seguridad Social, que maneja un catálogo de principios y valores. Debido a esto nos encontramos en un estado más humanitario. En 1993 surge en nuestro ordenamiento jurídico la Ley que regula a la Seguridad Social, (La Ley 100 de 1993), consagrada en el Artículo 48, cabe resaltar la conexidad con el bloque constitucional, debido a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como un derecho inherente al hombre. Pregrado Abogado INTRODUCCIÓN 1. ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL COLOMBIANA 2.NORMATIVIDAD COLOMBIANA EN SEGURIDAD SOCIAL 3. GENERALIDADES DE LA SEGURIDAD SOCIAL COLOMBIANA CONCLUSIONES REFERENCIAS 29 p. |