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En España, se está avanzando en restringir el contacto y comunicación a los padres en los supuestos en los que hay violencia de género pero todavía se siguen concediendo visitas y comunicación e incluso custodia compartida en los casos de divorcio o ruptura con respecto a los hijos a pesar de estar prohibido desde 2005 por el art. 92.7 del Código Civil español. A partir de las reformas legales de 2015, los menores son considerados víctimas directas de la violencia de género y su protección se ha convertido en un principio de actuación de los poderes públicos con medidas como, la suspensión de la responsabilidad parental, la custodia, el régimen de visitas, estancia y/o comunicación. In Spain, progress is being made to restrict contact between aggressors and their children in cases of gender violence. However, visits and communication, even shared custody, are still granted by judges despite shared custody being prohibited in such cases by law since 2005. Under recent legal reforms, children are now considered victims of gender-based violence and their protection has become a principle of primary action by the public authorities in relation with measures such as the suspension of parental responsibility or custody or visits. Este trabajo se ha realizado dentro del marco del Proyecto DER2014-55400-R (“El tratamiento de la Violencia de Género en la Administación de Justicia. Implementación y eficacia de la LO 1/2004”). |