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La forma de revertir la forma desigual de tratamiento de la mujer en sociedad, por parte del Tribunal Constitucional, parece revestir dos fases: por un lado, la visión inicial, ha contemplado el principio de igualdad de trato desde una perspectiva lineal, que aspiraba a la realización de la igualdad más de modo progresivo y paulatino; por otro, la visión que se ha ido consolidando desde mediados de los noventa —sobre la base de la difícil resolución de los problemas de tipo social que afectan a la mujer—, parece partir más de una postura que aboga por una posición más radical y beligerante y por la instauración rápida y rigurosa de mayores fórmulas de acción positiva a favor de la mujer |