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La progresiva aparición de divorcios no judiciales en la UE tiene un impacto directo en los Reglamentos europeos sobre familia. En particular, el Reglamento (UE) nº 2019/1111 regula, por primera vez, el reconocimiento de acuerdos privados registrados, equiparándolo en su tratamiento a las resoluciones judiciales. Con ello, se simplifica el reconocimiento, pero se abren dudas respecto a la aplicación de los criterios de competencia y respecto a la ley aplicable. Es necesario evitar el turismo de divorcios y garantizar el control sobre el consentimiento. Al mismo tiempo, se examinan los problemas de coordinación con el resto de Reglamentos, en relación con la eficacia respecto a la responsabilidad parental, los alimentos o el régimen económico matrimonial. El riesgo vendrá por los divorcios con eficacia transfronteriza solo en parte. |