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El presente artículo aborda la aplicación de la garantía para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano bajo la mirada del derecho de los pueblos originarios. Todo ello, en el marco de la justicia electoral y a la luz del control de la constitucionalidad de los actos de autoridad. En una época trascendente para México en razón de las reformas constitucionales en materia de derecho humanos y a propósito de los criterios orientadores que en ese tema han tenido a bien emitir los tribunales electorales. Comenzando por reconocer el principio de autodeterminación de los pueblos indígenas que consiste en decidir libremente sobre la manera en que deben elegir a sus autoridades, basándose en sus usos y costumbres y sobre la base de la representación popular, conjuntamente con la protección de la persona indígena y la maximización de los derechos humanos ante la propia comunidad y las distintas entidades públicas. |