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El articulo efectua un analisis de la situacion actual del derecho a consulta del Convenio No169 de la OIT en el Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental y en la jurisprudencia ambiental. Al respecto, se postula que la consulta ha producido el efecto de desplazar las discusiones sobre los derechos sustantivos de los pueblos indigenas por debates de indole procedimental. Este “efecto de desplazamiento”, se argumenta, se generaria por el uso de interpretaciones restrictivas en torno al criterio de procedencia y a la naturaleza de la consulta. El articulo examina los fundamentos juridicos de dichas interpretaciones, concluyendo que estas descansan en lecturas erroneas de las fuentes pertinentes y, en consecuencia, que el “efecto de desplazamiento” identificado se puede explicar por la existencia de un sesgo infundado en la interpretacion de la consulta. |