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La actividad inspectiva, se revela en la actividad administrativa cubana como un elemento indispensable dentro del control de la Administración Pública. Sin embargo, a pesar de resultar una de las técnicas más tradicionales de control administrativo, entre nosotros no ha contado con un desarrollo teórico suficiente, y de su régimen jurídico se evidencias profundas asimetrías, incluso contradictorias con el régimen general de inspección. Alejada del pensamiento de los cultores del Derecho Administrativo patrio, o tratada de forma insuficiente, resulta una verdadera “cenicienta” dentro de las técnicas de intervención administrativa en contradicción, con su uso cada vez más generalizado en todos los sectores yniveles de organización administrativa. Las presentes líneas tienen como objetivo fundamentar que los elementos teóricos esenciales que configuran necesarios para el perfeccionamiento su régimen jurídico en Cuba resulta: su concepción trípode como potestad, actividad y función. |