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Muchas habían sido las violaciones que se habían producido y que condujeron al estallido de la II guerra mundial. Al término de la misma, se adquirió la conciencia de que debían articularse los mecanismos necesarios para que esas violaciones no se repitieran, o en el caso en que tuvieran lugar, que hubiera instrumentos efectivos para la protección y tutela de los derechos de la persona. Son dos básicamente, los frentes que se abrieron y que nos permiten exponer de manera sistemática las ideas que queremos transmitir. En concreto, en primer lugar, nos referimos a la necesaria protección de los derechos fundamentales en el ámbito interno de cada uno de los Estados. Ahora bien, la reflexión creemos que no debe agotarse ahí. Es cierto que injustificables aberraciones y flagrantes violaciones de derechos condujeron al estallido de la II guerra mundial. Sin embargo, al término de la misma, también se produjeron otras infracciones que no podemos obviar. Nos referimos, por ejemplo, al hecho de que para el enjuiciamiento de los crímenes contra la humanidad cometidos por las potencias vencidas en la guerra, los aliados vencedores determinaron la creación de un órgano jurisdiccional ad hoc, para enjuiciar unos hechos que ya se habían producido antes de la creación del órgano jurisdiccional. Las infracciones del derecho fundamental al juez ordinario o predeterminado, fueron evidentes. No obstante, el problema de este tribunal es que los Estados le acaben reconociendo Jurisdicción. |