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El trabajo es un valor esencial en la sociedad occidental actual, de ahí adviene la importancia de su regulación por el Derecho. Sin embargo, la condición de trabajador de que sea titular una persona no la destituye de su condición de ciudadano, que precede aquella primeramente referida. Así es que, en caso de colisión de normas de esta naturaleza, aún que, en una primera aproximación, no tengan carácter laboral, es necesario demarcar el alcance de cada una de ellas. Al largo de este texto se analiza sentencia proferida por el Tribunal Constitucional de España que aborda la temática desde el confronto entre la libertad de expresión de pensamentos, ideas y opiniones y el derecho al honor (Sentencia nº 56/2008), identificando las guías conductoras de la posición jurisprudencial y comprendendole las razones, a partir de aportaciones doctrinales, a final se formulando un juicio de valor acerca de la decisión judicial analizada. |