¿Es acaso la entidad financiera quién debe responder civilmente por daños y perjuicios como consecuencia de un accidente de tránsito donde haya participado un vehículo materia de leasing?
Autor: | Vargas Soriano, Elizabeth Dorila |
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Přispěvatelé: | Bértoli Bryce, Nelson |
Jazyk: | Spanish; Castilian |
Rok vydání: | 2020 |
Předmět: | |
Zdroj: | Repositorio Institucional-Ulima Universidad de Lima ULIMA-Institucional instacron:ULIMA |
Popis: | El trabajo explica las razones por las que la arrendataria financiera, más no la arrendadora financiera, es la responsable civilmente por los daños y perjuicios causados con el vehículo objeto de leasing (siempre y cuando se haya acreditado la concurrencia de los elementos de la responsabilidad civil). Ello en la medida que existe una regulación normativa especial que así lo establece, y siempre que este sujeto sea quien tenga el control y dominio absoluto del bien generador del daño. Todo lo anterior se aplica, salvo que se acredite que el daño se debió a caso fortuito o fuerza mayor, hecho determinante de tercero o de la imprudencia de quien padece el daño. |
Databáze: | OpenAIRE |
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