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Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas) INTRODUCCIÓN: La Organización Mundial de la Salud, señala que el suicidio es la octava causa de muerte a nivel mundial, estimando que un millón de personas se quitan la vida por día. Para el caso de Chile, este fenómeno es la segunda causa de muerte a nivel país siendo sólo superada por las producidas en accidentes del tránsito1. A lo largo de la historia se ha tratado de regular la muerte producida de forma voluntaria, sea ésta por el propio titular del derecho vida o por un tercero (suicidio, auxilio al suicidio, eutanasia, homicidio), plasmando dicha regulación en algunas culturas mediante normas escritas como en otras no, pero siendo ante todo estas normas un reflejo de las concepciones preponderantes de cada época, fuesen éstas filosóficas, religiosas, científicas o de cualquier otro orden moral. En la cultura occidental tradicional, la conservación de la vida ha sido considerada como una obligación moral irrenunciable inscrita en la Ley divina y en la natural, encontrándonos en la actualidad con legislaciones que regulan esta particular situación del suicidio en torno a las diferentes formas de participación que pueden concurrir en él. Diferentes culturas han considerado el suicidio de distintas maneras. Aunque algunas de dichas consideraciones son muy parecidas, las mismas culturas han modificado su propio acercamiento al concepto con el paso de los años, retomando o abandonando posturas anteriores; llegando en la actualidad a un consenso universal en cuanto a la impunidad del sujeto activo, en este caso el suicida, pero no en cuanto a los terceros que actúan del acto; sean éstos, cooperadores e inductores. |