Los límites de la videovigilancia que no afecten la autodeterminación informativa del trabajador
Autor: | Aseijas Silva, Julissa Isabel |
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Přispěvatelé: | Mendoza Lulicha, Jorge Luis |
Jazyk: | Spanish; Castilian |
Rok vydání: | 2021 |
Předmět: | |
Zdroj: | Universidad Nacional de Cajamarca Repositorio Institucional-UNC UNC-Institucional instacron:UNC |
Popis: | La aparición de los derechos fundamentales del trabajador es un hecho innegable de nuestra época, pero éstos no tienen reciente data sino que marcan un giro cualitativo en la condición o status clásico del trabajador, caracterizado por la conquista de un conjunto de derechos laborales en cuanto provienen del contrato de trabajo, derechos tales como la jornada laboral, la huelga, la libertad sindical o remuneración digna; actualmente, al considerarse al trabajador dentro de la relación laboral ya no sólo como el prestador de servicios sino que es considerado como ciudadano en ejercicio de un status civitatis común; por lo que, le corresponden derechos fundamentales tales como a la salud, la libertad religiosa, la intimidad, la autodeterminación informativa, etc. A su vez, desde hace unas décadas, la tecnología ha tenido un acelerado avance y, con ello, de una u otra forma, también evolucionaron los métodos de control del empleador, como la utilización de videocámaras en el centro de trabajo, lo cual es un tema complejo, porque en la mayoría de casos, la utilización de estos sistemas de videovigilancia suele colisionar con algunos de los derechos fundamentales del trabajador que se proyectan también dentro de la esfera laboral por su condición de persona, o incluso vulnerarlos; si se tiene en cuenta que las imágenes del trabajador captadas y/o grabadas por videovigilancia constituyen datos personales de éste e involucran no sólo su cariz laboral sino también el personal y social. Por tanto, si bien en mérito al ius variandi del empleador, éste puede establecer los métodos de control que estime convenientes, entre ellos, la videovigilancia; no obstante, esta actividad deberá necesariamente tener límites a fin de que no incurra en arbitraria o abusiva, infringiendo los derechos fundamentales del trabajador que le corresponden a toda persona sin excepción, al tener como fundamento la dignidad humana. |
Databáze: | OpenAIRE |
Externí odkaz: |