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En los ultimos anos en Espana se esta produciendo un significativo aumento en el cuestionamiento sobre muchos resultados de las actuaciones sanitarias. En ese largo proceso que busca desterrar las ulceras por presion (UPP), como proceso banal y especialmente inevitable, por inherente a la edad avanzada, situaciones de terminalidad o inmovilidad del paciente, comienza a divisarse el despertar de reacciones, reclamaciones y denuncias por parte de los usuarios y sus familiares ante la falta de prevencion o un tratamiento inadecuado, como desde hace anos viene sucediendo en otros paises de nuestro entorno cultural y economico. La revision del impacto y tratamiento legal del problema de las UPP en los paises de nuestro entorno (Reino Unido, EE.UU., Alemania, etc.), desde el derecho penal, el derecho civil o mediante procedimientos disciplinarios ha propiciado cambios muy notorios en el comportamiento de profesionales, instituciones y ciudadania con respecto a este tema. Con un proposito enteramente didactico, se dibuja la configuracion legal de la actividad sanitaria en nuestro pais y los tipos de responsabilidad y vias de reclamacion judicial aplicables a los procesos que nos ocupan, incluyendo algunas consideraciones especificas tales como: las UPP como biomarcadores de maltrato o abuso en ancianos, los protocolos para la prevencion y tratamiento de las UPP como responsabilidad del centro, la responsabilidad por falta de material adecuado para la prevencion y el tratamiento de las UPP, el consentimiento informado antes de la aplicacion de una tecnica, la historia clinica y registros especificos para UPP incluido el fotografico, las UPP como causa de ingreso hospitalario y altas hospitalarias a pacientes con UPP. Por su actualidad se analiza el tema de la prescripcion enfermera en el ambito del cuidado de las ulceras por presion y otras heridas cronicas como practica ?arraigada, consentida, aplaudida y practicada desde hace anos? en Espana. Finalmente la exposicion pormenorizada y comentada de los pronunciamientos judiciales de los casos relacionados con estas lesiones de los ultimos anos, permiten concluir que, a pesar del creciente numero de sentencias que hacen mencion a las UPP, son simbolicas las que con rotundidad pronuncian como causa de estas una deficiencia en los cuidados, negligencia o mala praxis y llama la atencion las raquiticas condenas e indemnizaciones. Tal vez el mismo e historico espiritu de devaluacion de estas lesiones, presente en ambitos profesionales y en la sociedad en general, se ha trasladado a la judicatura, especialmente de la mano de peritos y/o forenses, no alcanzando a cifrar la dimension real del problema (perdida de salud y calidad de vida) y las fatales consecuencias de las UPP (incluida la muerte por esa causa) y olvidando que son previsibles casi en la totalidad de las situaciones. Articulo completo [VOLVER] SIGUIENTE > [Acceso suscriptores] Vol. 17 no4-2006 |